lunes, 12 de mayo de 2008

Última jornada sobre la Ley de Defensa al Consumidor

Con el lema “Alcances de la nueva Ley de Defensa del Consumidor”, se desarrolló un ciclo que de conferencias, en la subsede del Colegio de Abogados de la capital, ubicada en 24 de Septiembre 741.

En la segunda y última jornada de debate sobre la ley en defensa al consumidor, en la que se trató los alcances de la modificada Ley, se informó sobre la incidencia de la reforma sobre el ámbito de aplicación del estatuto de defensa del consumidor. Así como también, se habló sobre la integración del régimen legal y los alcances subjetivos y objetivos de la ley 26361.

En relación a las jornadas de capacitación, organizadas por el Colegio de Abogados sobre esta nueva ley, y en la que participaron juristas, como la doctora Segui, especialistas en el tema, abogados que conforman la Comisión del Derecho al Consumidor del Colegio de Abogados, la diputada Stella Maris Córdoba manifestó que la modificación de la ley “lo que hace, es establecer nuevas herramientas para poner equilibrio y proteger al usuario y al consumidor que han sido la parte más débil en la relación de consumo, desde que se aprobó en el año 93 la ley 24240”.

Explicó que “en primer lugar, sabemos que la sanción de esta nueva ley, implica terminar con el pague y después reclame”, ya que “se invierte el sistema, y a partir de ahora, en caso de sobrefacturaciones, se va a pagar el consumo histórico y va a ser la empresa la que tendrá que probar al usuario el consumo realizado”.

También “se establece un daño directo, que es una figura de reparación inmediata, para aquellas cuestiones que involucran un valor, no más allá de cinco canastas básicas, que sería una cifra como de hasta $3000”. Es decir, que “en muchos casos, cuando uno compra un electrodoméstico o un bien que no tiene un valor mayor que ese, la gente termina frustrando sus derechos, lo termina perdiendo porque no quiere ir por la vía judicial”, debido a que le parece “engorroso el sistema y por el tiempo que se pierde”. Entonces, “la autoridad administrativa, en este caso la Dirección de Comercio, va a poder establecer una reparación directa al consumidor, reparando este daño que se le ha causado, a través de un proveedor de servicio o de un proveedor de bienes”.

Otro de los puntos que están incluidos dentro de esta modificatoria, tiene que ver con la actividad que van a tener las direcciones de Comercio de todo el país. Las personas que tengan algún problema con las empresas, de servicio sobre todo, van a poder ir a la Dirección de Comercio, o al ente contralor. “Lo que se esta haciendo, es darle potestad a la autoridad administrativa, que en este caso es la Dirección de Comercio, a que pueda establecer una reparación directa, antes de ir a la etapa judicial”, concluyó.

Fuente: TucumanNoticias.com.ar

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