jueves, 17 de julio de 2008

Defensa del Consumidor podrá multar a los comercios infractores

CORRIENTES
Los usuarios podrán ser defendidos y reclamar ante la oficina municipal.

A partir de los próximos días, los correntinos podrán recurrir a la Oficina Municipal de Defensa del Consumidor que los podrá defender gracias a la reciente aprobación en el Concejo Deliberante de la ordenanza que regula el procedimiento administrativo para la defensa de los derechos del consumidor y el usuario. La misma se creará en el ámbito de la Secretaría de Gobierno.

Así como también, pero en el ámbito de la Justicia de Faltas, se creará el Juzgado Municipal de Defensa del Consumidor y Protección del Usuario.

Según la ordenanza aprobada, las multas para los comercios infractores irán desde los $100 hasta los $500.000, decomiso de mercaderías, clausura del comercio y pérdida de concesiones.
El procedimiento para la inspección, comprobación y juzgamiento de las infracciones a la Ley de Defensa del Consumidor 24.240 podrán iniciarse, según lo establecido en la ordenanza, de oficio o por denuncia de los consumidores y usuarios en forma individual o colectiva.

En cuanto a la iniciación del sumario por denuncia, la misma podrá formalizarse por escrito o verbalmente, dejando debida constancia en este último caso. En ambos dos, se adjuntarán las pruebas y se dejará constancia de los datos de identidad y el domicilio real del denunciante.

En caso de constatar la infracción, se intimará al infractor a que abone su importe y acredite su pago en el término de diez días hábiles, debiendo demostrarse el depósito mediante boletas respectivas, sin cuyo requisito el crédito no se tendrá por cancelado. Por otra parte, la ley señala que la falta de pago hará exigible el cobro mediante ejecución fiscal por vía de apremio.

Mientras que si la condena es el decomiso de la mercadería y/o el producto de la infracción, el Municipio lo hará efectivo bajo constancia en acta.

Cabe señalar que la ordenanza establece en su capítulo de sanciones, que las mismas se aplicarán en forma independiente o conjunta, según las circunstancias de cada caso.
En ese sentido, se destaca que se impondrá la sanción administrativa de contrapublicidad al denunciado que mediante información publicidad incurra en prácticas engañosas o abusivas en infracción a las normas nacionales vigentes y a dicha ordenanza.

Por ello, los consumidores correntinos que sean engañados durante la compra o adquisición de algún producto que se les entregue dañado por ejemplo, podrán realizar, en caso de no recibir solución a sus reclamos en el comercio, la denuncia correspondiente en la oficina que pronto será creada en el ámbito municipal.

Según se establece, los importes de las multas serán destinados al sostenimiento de los gastos que demanden su cumplimiento y para promover la educación del consumidor.

Funciones de la entidad


La función de la Oficina Municipal de Defensa del Consumidor y protección al Usuario será la de prestar asesoramiento y evaluar consultas; brindar información, orientación y educación al consumidor; efectuar controles sobre productos y servicios; recibir denuncias y recepcionar los correspondientes descargos; propiciar y aconsejar la creación de normativa protectiva en el ámbito de competencia municipal.

Además, le corresponderá colaborar con los gobiernos provincial y municipal en campañas de información, difusión y educación para el consumo. Así como también asistir al Juzgado Municipal en lo que necesite.

Fuente: SietePuntasDigital.com

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